Exenciones impositivas para los productores de Trenque Lauquen y General Villegas por Desastre Agropecuario
Las zonas son aquellas “explotaciones alcanzadas por la declaración de Desastre Agropecuario prevista en la Resolución N° 134/21 del Ministerio de Desarrollo Agrario, en las que desarrollen como actividad principal la explotación agropecuaria y en proporción al porcentaje de la afectación”