24 abril, 2024

Adolfo Alsina, Alberti, Salliqueló y Chivilcoy, entre los distritos, con excepción en actividades y servicios del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio

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El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires procedió a implementar una serie de excepciones, con restricciones, a la cuarentena dictada por el gobierno nacional, en 28 municipios. De esta manera se da respuesta a las solicitudes de actividades y servicios a apartar del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio. Se han recibido 537 solicitudes.

Los distritos que tendrán las excepciones que se dan a conocer más abajo, entre otros, son: Adolfo Alsina, Alberti, Avellaneda, Balcarce, Chivilcoy, Coronel Rosales, Exaltación de la Cruz, General Belgrano, General Las Heras, La Plata, Laprida, Lobos, Lomas de Zamora, Maipú, Mercedes, Morón, Necochea, Olavarría, Ramallo, Saavedra, Salliqueló, San Antonio de Areco, San Isidro, San Pedro, San Andrés de Giles, Suipacha, Tapalqué y Villa Gesell.

  1. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.
  2. Oficinas de rentas de las Provincias, de la Ciudad de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.
  3. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.
  4. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio.
  5. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
  6. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
  7. Ópticas, con sistema de turno previo.
  8. Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.
  9. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.